empresa de empleadas del hogar madrid

El salario pactado tiene que ser igual o mayor al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) establecido cada año.

El BOE ha publicado el Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero, por el que se eleva la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) hasta los 15.120 euros brutos anuales.

Es decir, si la jornada acordada es de 40 horas a la semana y la retribución se abona en 14 pagas al año, el SMI establecido para 2023, es de 1.080 € al mes. Si se abona en 12 pagas es de 1.260 €. En cambio si la jornada es de 20h semanales el salario será de 540€ en 14 pagas o bien 630€ en 12 pagas.

Cuando el trabajo se retribuye por horas, se aplicará el SMI por hora que es de 7,88 €/hora. Si incluye vacaciones es de 8,45 €/hora.

Con esta nueva cuantía, el Salario Mínimo aumenta un 8% y supone un incremento del 47% en los últimos cinco años.

Hay que tener en cuenta que esta subida se aplica con carácter retroactivo al 1 de enero de 2023.

El salario que recibirá la empleada debe quedar reflejado en su contrato de trabajo, firmado por ambas partes. Así como su jornada laboral, si realiza pernocta u horas de presencia (en el caso de régimen interno).

Más novedades aparte del salario

Otra de las novedades es que a partir del 1 de enero de 2023, el empleador será el único responsable de tramitar el alta o la baja ante la Tesorería General de la Seguridad Social, así como de comunicar todas la variaciones de jornada, tipo de contrato o retribuciones que se produzcan. De igual modo, será el responsable del pago de las cuotas de la Seguridad Social correspondientes a enero de 2023 y siguientes, con independencia del número de horas que haya acordado con la persona empleada en el hogar familiar.

Cuando se da de alta a nuestra empleada de hogar la seguridad social cargará al empleador la cuota correspondiente en función del tramo por el que se esté cotizando;

En este link puedes consultar la cuota de la Seguridad social en base a las horas semanales de jornada;

 

https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass/tramites/calculadorahogar

 

El cargo de la cuota de la SS al empleador se realiza siempre a finales de mes vencido; es decir la cuota de Enero se cargaría a finales de Febrero.

Los tipos de cotización de la Seguridad Social para 2023 se sitúan: El tipo de cotización por contingencias comunes, sobre la base de cotización que corresponda, será del 28,30%, siendo el 23,60% a cargo del empleador y el 4,70% a cargo de la empleada de hogar.

Al finalizar el empleador deberá entregar a la empleada su nómina correspondiente que  deberá firmar  como justificante de haber recibido su remuneración.

Si necesitas ayuda para elaborar un contrato con tu empleada o tramitar el alta en la SS así como otras gestiones relacionadas puedes contactar con Domestic, y te ayudaremos en todo lo relativo a la contratación de tu empleada de hogar.

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